El PEF Umbral desarrolla intervenciones técnicas orientadas a resguardar el bienestar de niños, niñas y adolescentes y a facilitar procesos de vinculación familiar protegida, en el marco de derivaciones judiciales o administrativas formales.
Según la naturaleza de la derivación y las medidas vigentes, el dispositivo puede acompañar procesos tales como visitas supervisadas, entregas y retiros protegidos, revinculación familiar progresiva y fortalecimiento de competencias parentales, siempre desde una perspectiva operativa, no terapéutica ni pericial.
Asimismo, el PEF Umbral puede contribuir al fortalecimiento de la coparentalidad funcional, en la medida en que ello resulte necesario para el adecuado desarrollo de los encuentros familiares y la reducción de la exposición de niños, niñas y adolescentes al conflicto adulto.
El dispositivo mantiene mecanismos de registro y seguimiento técnico de las intervenciones realizadas, los cuales permiten informar a las autoridades derivantes sobre el desarrollo general de los procesos, el cumplimiento de las condiciones establecidas y eventuales observaciones relevantes para la continuidad o ajuste de las medidas vigentes.
La comunicación institucional con tribunales u organismos competentes se realiza de manera objetiva, acotada y conforme a los límites del rol del PEF, sin emitir juicios clínicos, diagnósticos ni recomendaciones que excedan su función técnica-operativa.
Toda información remitida tiene como finalidad apoyar la supervisión institucional de las medidas dispuestas, resguardando siempre los principios de confidencialidad, neutralidad y protección integral de niños, niñas y adolescentes.